La obligación de presentar el informe de la energía producida a la Oficina de Regulación Energética (URE) no se aplica a todos los propietarios de instalaciones fotovoltaicas. Cada seis meses, los propietarios de instalaciones registradas en el Registro de Productores de Energía deben hacerlo. Se trata de fuentes de potencia entre 0,05 MW (megavatios) y 1 MW. Esto significa que no se trata de microinstalaciones en viviendas unifamiliares, sino de aquellas que pertenecen a empresas. A menudo son instalaciones que sirven para la producción de energía con fines comerciales.
La presentación del informe debe realizarse con el nuevo formulario preparado por el presidente de la URE, que se aplica al período del 1 de enero al 30 de junio de 2026.
Quedan tres semanas para presentar el informe
El plazo del 31 de julio de 2026, en el que expira el momento de presentar el informe de producción de energía, es sumamente importante, ya que su superación puede conllevar una sanción de 1.000 zlotys. Lo importante es que, como en muchos documentos oficiales, no cuenta la "fecha del sello postal". El plazo del 31 de julio es intransferible, lo que significa que, hasta esa fecha, los documentos deben llegar a la URE físicamente, es decir, ser aceptados por la oficina, no enviados. No importa la forma de entrega del informe. Si el propietario lo hace personalmente, puede hacerlo incluso el 31 de julio, siempre que esté seguro de que el documento será aceptado. En cambio, si se envía por correo o mensajería, debe hacerse con suficiente antelación para garantizar que los "papeles" lleguen a la oficina antes del 31 de julio.
También hay que recordar que los informes a la URE no se pueden enviar por correo electrónico, ya que ese método no es aceptado por la oficina. Sin embargo, no significa que no haya forma de entregar el documento electrónicamente. Se puede hacer, pero solo mediante el método previsto en la normativa, es decir, a través de la entrega electrónica.
Es una obligación, no una opción
Los propietarios de Pequeñas Instalaciones registradas en el Registro de Productores de Energía, es decir, los llamados MIOZE, deben recordar que desde el momento de la inscripción en el registro tienen la obligación de presentar el informe cada seis meses, incluso si la instalación estaba desactivada y no produjo ni un kilovatio de energía. En ese caso, el informe debe incluir la lectura real, es decir, valores nulos.
La obligación de presentar el informe también recae sobre los propietarios de instalaciones que, por ejemplo, hayan sido eliminadas del registro. En ese caso, se debe liquidar el período en que la instalación estaba registrada.
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