La campaña de la declaración de la renta 2020 ha dado el pistoletazo de salida este 7 de abril. Un proceso que suele dar más de un dolor de cabeza y que inunda de dudas a las mentes de los ciudadanos españoles. En este caso, trataremos una de ellas: la desgravación de la hipoteca. La hipoteca de una vivienda habitual se podrá deducir, pero, para ello, es necesario cumplir una serie de condiciones:
Hipoteca previa al 2013
Por desgracia, la deducción de la renta del pago de la hipoteca solo se podrá realizar en préstamos anteriores al año 2013, dado que Hacienda suprimió esta opción el 1 de enero de ese mismo año. De esta manera, solo podrán acceder a esta desgravación las personas que hayan contratado una hipoteca para adquirir su vivienda habitual y que hayan realizado el proceso de desgravación en la declaración de la renta de 2012, o en las anteriores.
____Miriam Sánchez____
Los usuarios que cumplan estas condiciones tendrán la ventaja de poder desgravar hasta un 15% de lo que hayan pagado ese año por su hipoteca (hasta una base máxima de 9.040 euros anuales). Un 7,5% proveniente del tramo estatal y un el otro 7,5% proveniente del tramo autonómico, (el cual puede variar según la comunidad).
Una vez llegado a este punto, sería interesante analizar qué ocurre si el préstamo pesa sobre una vivienda compartida entre una pareja. En este caso, si las dos personas realizan la declaración conjuntamente, solo se podrá realizar la deducción hasta el máximo de 9.040 euros anuales. Pero, si cada uno de los convivientes la realiza por separado, se podrá aplicar la desgravación individualmente, por lo que entre los dos se podría deducir una base máxima total de 18.080 euros cada año.
Desgravar una hipoteca modificada
La deducción de una hipoteca en vigor en la renta se podrá realizar siempre que se cumplan los requisitos mencionados anteriormente, incluyendo a las hipotecas que fueron modificadas. Esto es así dado que, según la Agencia Tributaria, la modificación de las condiciones de un préstamo no implica la variación de su finalidad. Por lo tanto, las personas que hayan modificado la hipoteca de su vivienda habitual, ya sea por haber adelantado capital, por realizar una novación (pacto con la entidad para cambiar las condiciones) o por haber contratado una nueva hipoteca para refinanciar el crédito original, continúan con el derecho de realizar la deducción.
Sin embargo, hay un caso específico en el que Hacienda no lo permite. Si la hipoteca es modificada con el objetivo de ampliar el capital, la deducción solo se podrá aplicar sobre el préstamo original. Es decir, si el préstamo inicial era de, por ejemplo, 150.000 euros y se amplió 100.000 euros más, la desgravación se podría realizar únicamente sobre lo pagado para devolver los primeros 150.000 euros.
Deducción de todo lo pagado
En la práctica, se pueden desgravar en la base máxima de 9.040 euros anuales todos los gastos que tengan relación con la hipoteca, como por ejemplo el pago de las cuotas, las amortizaciones anticipadas, las modificaciones del crédito o los costes en comisiones y productos asociados.
Por ejemplo, si en el año 2020 las cuotas mensuales de la hipoteca han tenido un coste de 7.500 euros y también se han pagado 200 euros de seguro y 400 euros de comisiones, se podría realizar una deducción del 15% sobre el total anual. Por ello, se podría desgravar el 15% de 8.100 euros, lo que supondría una desgravación de 1.215 euros por la hipoteca.