La subida del SMI no conlleva más impuestos

Uno de los mensajes publicados en Twitter el día 31 de enero decía que los 950 euros mensuales significa 13.300 euros anuales, lo que significa superar el umbral de los 12.643 euros y a partir del mismo es obligatorio presentar la declaración para el contribuyente y aplicar la retención para el empleador. El contenido de este mensaje no es cierto, el autor del mismo lo borró y pidió disculpas.
La Agencia Tributaria aclara que se trata de una confusión entre la obligación a declarar y las retenciones: "Con la normativa actual, no están obligados a presentar declaración, entre otros, los contribuyentes cuyos rendimientos íntegros del trabajo no superen los 22.000 euros anuales, con carácter general".
En un correo electrónico explica: "La subida del salario mínimo de 900 a 950 euros supone, en 14 pagas, unos rendimientos íntegros totales de 13.300 euros, que no convierten al perceptor en obligado a declarar, ni cuando exista un solo pagador (porque en este caso el límite es 22.000 euros) ni cuando esta cantidad se abone por dos o más pagadores (porque entonces el límite es de 14.000 euros)".
Es verdad que hasta el año 2018 hubo el límite de los 12.634 al año, pero desde el año pasado junto con la subida del salario mínimo hasta los 900 euros el umbral es de 14.00 euros.